Colegio Nacional de Correduría Pública Mexicana A.C. Bosque de Ciruelos No. 186, 4° Piso Col. Bosque de las Lomas CP 11700, Miguel Hidalgo México D.F. Tel. (52 55) 52 51 88 73 Fax. (52 55) 52 51 66 17 ESTIMADOS COLEGAS CORREDORES PÚBLICOS: LA FUNCIÓN DEL CORREDOR PÚBLICO ES AMPLIA Y COMPLEJA. EL CORREDOR PÚBLICO NO ES SOLO UN MEDIADOR, O SOLO UN VALUADOR, O SOLO UN PERITO, O SOLO UN FEDATRIO, O SOLO UN ÁRBITRO. EL CORREDOR PÚBLICO ES UN AUXILIAR DEL COMERCIO, Y POR ELLO LA LEY LE OTORGA ESAS ATRIBUCIONES QUE A SU VEZ CONSTITUYEN SUS HERRAMIENTAS. LA RAZÓN DEL CORREDOR PÚBLICO, EN PRINCIPIO, ES PROCURAR LA REALIZACIÓN DE NEGOCIOS ENTRE LOS DIVERSOS AGENTES ECONÓMICOS, SIN MENOSCABO, POR SUPUESTO, DE LA SEGURIDAD JURÍDICA. LA FUNCIÓN DEL CORREDOR PÚBLICO Y SU RAZÓN DE EXISTIR, COMO AUXILIAR DEL COMERCIO, SUPONE SU RESPONSABILIDAD SOCIAL Y JURÍDICA EN LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO; EN LA PROMOCIÓN DE NEGOCIOS; Y EN FUNGIR COMO GARANTE JURÍDICO DE LA INVERSIÓN, ENTRE OTROS. LOS CORREDORES PÚBLICOS DEBEMOS CAMBIAR LA PERCEPCIÓN QUE TRADICIONALMENTE TIENEN LOS EMPRESARIOS Y COMERCIANTES RESPECTO DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES, DE SER ÉSTOS UN COSTO A SUS EMPRESAS, Y, EN EL CASO NUESTRO, EL DE LOS CORREDORES, CONVERTIR ESA PERCEPCIÓN A QUE NOS ENTIENDAN COMO UNA "INVERSIÓN," NO COMO UN COSTO. EL CORREDOR ESTÁ PARA FACILITAR LA REALIZACIÓN DE NEGOCIOS DONDE LAS PARTES GANEN, Y NO MERAMENTE A PRESTAR SERVICIOS AISLADOS QUE SÓLO SIGNIFIQUEN "COSTO". ¡HAGAMOS CORREDURÍA PÚBLICA! DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PRESENTE CONSEJO NACIONAL: A) MODERNIZACIÓN.- MEDIACIÓN.- La mediación, entendida desde la perspectiva del corretaje, es una función relevante que caracteriza la Institución del Corredor Público, y que incluso justifica y robustece las demás funciones de la figura. Consideramos indispensable impulsar esa función y asumirla con cariño, y sobre todo aprovechar la experiencia, relaciones y vinculación interna que tenemos todos los Corredores Públicos del país, para sacar provecho de esa nuestra función de mediación. Los Corredores Públicos, como auxiliares del comercio, tenemos el deber de apoyar y fomentar la realización de negocios. En nuestra función de mediación, no requerimos actuar a ruego de parte, lo que significa que tenemos la libertad, y la obligación, de fomentar la realización de negocios en el País y para con el País. La colegiación de todos nosotros y los mecanismos de interacción y comunicación que podamos implementar, nos darán una ventaja indiscutible sobre cualesquiera otro sector de prestadores de servicios en lo referente a la mediación. Aprovechemos esa fuerza, y logremos apoyar, a través de nuestro gremio, a nuestros clientes vinculando las necesidades de negocios que demanden entre sí. La demanda de un producto o servicio que requiera por ejemplo, un empresario yucateco, podrá encontrar eco en empresarios o inversionistas de cualquier estado de la república y del extranjero, ello con el apoyo de los Corredores Públicos. ¡Hagamos Correduría Pública! En ese sentido, fomentaremos la creación de un instrumento que permita a los Corredores Públicos facilitar la mediación entre potenciales compradores y vendedores de todo tipo de bienes, a través de la fortaleza que implica nuestra colegiación. A tal fin, concluiremos la creación de un sistema a través de la página de Internet del Colegio Nacional, en el que podamos subir las necesidades o demandas de clientes, de todo los estados del país, y del Distrito Federal. También impulsaremos la conclusión de las gestiones encaminadas a la firma del convenio ente el Colegio Nacional de Correduría Pública Mexicana, A.C. y PROMEXICO, a fin de que se nos incorpore como parte activa de la promoción de inversiones y negocios hacia nuestro País y desde nuestro País, brindando nuestros servicios profesionales de Correduría Pública para garantizar e incluso lograr la materialización de tales inversiones y negocios. VALUACIÓN.- En relación con la valuación, de igual forma el Corredor Público ha sido tradicionalmente considerado por las legislaciones como perito valuador. Ello, en motivo a la experiencia que supone el intervenir como auxiliar del comercio, desde la mediación y hasta un eventual arbitraje. Es decir, la ley prevé que el Corredor Público conoce el mercado, conoce las empresas que participan como agentes económicos en el mercado, y conoce cómo y cuándo se realizan las transacciones y negocios. En tal, el Corredor Público también conoce el valor de bienes, mercaderías y derechos que son o pueden ser motivo de tales transacciones. Reformas legales y presiones de otros grupos de interés han derivado en restricciones a la actividad valuatoria del Corredor Público. Será compromiso de este nuevo Consejo Directivo, el continuar impulsando los ajustes legales y reglamentarios tendientes a eliminar tales restricciones, y reivindicar al Corredor Público en su tradicional actividad como perito valuador, y como un verdadero conocedor del valor de las cosas. Pensamos que existen los antecedentes suficientes en cuanto a la Institución, y los razonamientos técnicos fundamentales que soporten nuestro argumento reivindicatorio. FE PÚBLICA.-La Correduría Pública es una Institución que surgió como una necesidad ante el desarrollo del comercio y como parte de las nuevas estructuras legales que se crearon para esa floreciente actividad. El Corredor Público tuvo su razón de ser como un profesional avocado a facilitar la realización de negocios. Durante la Edad Media, al tiempo que surge la actividad comercial cómo lo entendemos actualmente, las instituciones jurídicas que se crearon para su regulación, lo fueron de naturaleza fundamentalmente subjetiva. Es decir, el Derecho Mercantil y los Consulados o Tribunales Mercantiles aplicaban sólo para los comerciantes de profesión, pues éstos desempeñaban actividades particulares que demandaban reglas también especiales. Posteriormente, durante la evolución del propio comercio, y ante las inequidad que resultó la exclusión del ámbito de aplicación de las leyes mercantiles a los no comerciantes, las legislaciones europeas, como en Francia y luego en Italia, dieron un nuevo giro y llevaron la aplicación del Derecho Mercantil ya no sólo a los comerciantes, sino también a aquéllas personas que realizaban cualquier acto que la propia ley reconocía o daba el carácter de "Acto de Comercio". Surgió pues el "acto de comercio" y con ello la aplicación objetiva del Derecho Mercantil. El sistema jurídico mexicano considera la existencia y aplicación de diversas leyes mercantiles, las cuales se circunscriben a un principio de uniformidad, es decir, su aplicación es uniforme e idéntica a nivel nacional. Y es por ello que la creación de leyes mercantiles, entre otras, que requieren sujetarse a ese principio de uniformidad, es competencia exclusiva del Congreso Federal. Los Corredores Públicos, en nuestra función de fedación, intervenimos para dar certeza en los actos y negocios jurídicos de naturaleza mercantil que se realizan, y en los demás actos o negocios jurídicos que las leyes federales o locales así lo determinen. En México, hoy en día, es indudable la necesidad de modernizar ciertas instituciones jurídicas para poner a nuestro país en mejores condiciones de competitividad ante el fenómeno de la globalización. Es por ello que en beneficio de los empresarios, comerciantes, inversionistas y de cualquier persona que requiera los servicios de un fedatario público, y en aras de la seguridad jurídica, lo conducente resulta ser la modernización de la institución de la Correduría Pública y de su marco regulatorio, a través de concretar reformas que permitan en igualdad de condiciones, intervenir al Corredor Público como fedatario en actos jurídicos previstos, en principio, por leyes federales. De lograrse esto, la Correduría Pública sería una opción más de servicios de fedación, a favor de usuarios y empresarios, y por supuesto, fomentando un sano ambiente de competitividad. Las reformas, evidentemente implicarán una mejora en la competitividad que nuestro país requiere, pues nos permitirá, a los propios Corredores Públicos, promover la inversión que es una de nuestras funciones relevantes; significarán un beneficio a los usuarios de los servicios de fedación, al aumentar la oferta de prestadores de los mismos y quienes mejorarán en su calidad y serán ofertados a precios más razonables; y por supuesto, permitirán se brinde mayor seguridad jurídica en las transacciones comerciales, reclamo constante de cualquier inversionista o empresario. ARBITRAJE.- Exploraremos las posibilidades y la conveniencia de impulsar nuestra función arbitral. Contactaremos con los colegas que han hecho del arbitraje su actividad preponderante, y les pediremos nos apoyen con su experiencia tanto para fomentar el arbitraje, como para llevar los arbitrajes. B).-DIFUSIÓN DE LA CORREDURÍA PÚBLICA. Independientemente a lo que se ha logrado a la fecha con la difusión del figura del Corredor Público, es indispensable seguirla fomentando. Para ello, exploraremos los mecanismos y los instrumentos que nos permitan esa difusión, sin incurrir en practicas que no corresponden a la tradición y sobriedad que reviste la Correduría Pública. En la página de Internet del Colegio Nacional, existen espacios que permiten incorporar artículos y estudios elaborados por los corredores públicos, que serán conocidos por todo aquel que tenga interés nuestra Institución y que ingrese a la página del Colegio Nacional. En tal motivo será relevante que todos y cada uno de nosotros trabajemos en artículos, estudios y comentarios que podamos divulgar a través de nuestra página para conocimiento de todos. Será importante para la difusión, el lograr entrevistas en medios de comunicación, participar en programas de radio especializados, y escribir artículos en periódicos y revistas. Buscaremos que las autoridades, y concretamente la Secretaría de Economía, invite a los Corredores Públicos a los eventos de relevancia que se encuentren vinculados con nuestra actividad. También buscaremos participar en programas de apoyo que al efecto nos soliciten, a fin de que a través de los mismos de igual forma se divulgue la figura del Corredor Público. Esperamos que a nuestra Convención Nacional, asistan invitados y expositores de relevancia, y desde luego la mayoría de los Corredores Públicos del País. C).-CAPACITACIÓN. Nos sumaremos a los programas de capacitación que ofrece la Secretaría de Economía, y buscaremos que los mismos se lleven al interior de la república. Asimismo impulsaremos que a través de los Colegios de Corredores, demos cursos y platicas sobre Correduría Pública en instituciones de educación e incluso ante autoridades e instituciones públicas. De igual manera, exploraremos las ventajas que implique al gremio, establecer programas de actualización continua, con los que garanticemos la calidad técnica de la Correduría Pública Mexicana. Muchas Gracias, Manuel Rodríguez Villamil Presidente del Colegio de Correduría Pública Mexicana, A.C. México Distrito Federal, a los 4 días del mes de Abril de 2008